Constitución en Estado de Alarma
Llevo unos días sumido en un estado de estupor continuado al darme cuenta que vivo en un Estado sin respeto por la legalidad, con actuaciones arbitrarias y contrarias a su propia Carta Magna. Los controladores aéreos, con su censurable actuación del viernes pasado, han provocado las iras de la ciudadanía y han conseguido paralizar el Estado. Sin embargo, poco se dice en los medios sobre las causas de tal actitud. Se ha ofrecido una visión partidaria y parcial del asunto y creo que ya es momento de analizarlas y poner de manifiesto las responsabilidades de los Gobiernos de turno en este conflicto que nunca llega a resolverse…
Tengo amigos e incluso familiares afectados por el conflicto pero, más allá de los problemas masivos que los pasajeros han sufrido por esta situación, las penalidades afrontadas y las ilusiones perdidas de muchos viajeros, nos encontramos en una situación límite que afecta a un sector estratégico. Un sector del que depende este Estado y, que en más de 20 años, nadie ha ofrecido solución para minimizar esta dependencia: controladores adicionales, medios técnicos alternativos, suplentes formados, militares con formación suficiente,… Mil y una maneras de afrontar un problema. Sin embargo, ahora nos dicen que van a privatizar AENA. Como pasó con Telefónica en su momento, el país perderá el control de una infraestructura crítica y alguien se enriquecerá al hacerse con una empresa (deficitaria). Si es un servicio crítico no podemos permitirnos el lujo de cederlo a terceros: parece lógico pensar que si AENA y la comunicación aérea es un sector crítico no pueden privatizarse.
Vamos a pensar un poco sobre el asunto. Mis conocimientos de Derecho son prácticamente nulos pero recuerdo eso de la prelación de las normas que establece que la Constitución está en la cima de la jerarquía, por debajo tenemos las Leyes que emanan del poder legislativo y por debajo las que emanan del poder ejecutivo, como por ejemplo: los Reales Decretos.
El artículo 1.2 del Código civil de España establece que carecerán de validez las disposiciones que contradigan otras de rango superior. Esto supone que, necesariamente, debe establecerse una jerarquía de normas que permita distinguir las normas de rango inferior de las de rango superior. Sin embargo, la relación entre normas no se limita a una cuestión de jerarquía, sino que existen también relaciones de competencia entre unas normas y otras. A tal efecto, la Constitución española de 1978 es la norma suprema del ordenamiento jurídico español, que regula a su vez toda la compleja interrelación entre las distintas normas y sus relaciones de jerarquía y competencia. Según la misma, la prelación de normas en el Derecho español es la siguiente:
1. La Constitución.
2. Los Tratados internacionales.
3. La Ley en sentido estricto: Ley Orgánica (que requiere mayoría absoluta de las Cortes Generales), Ley ordinaria y normas reglamentarias con rango de Ley (entre las que se encuentra el Real Decreto Ley y el Real Decreto Legislativo).
4. Normas emanadas por el ejecutivo, con su propia jerarquía en función del órgano que las promulga (Real Decreto, Decreto, Orden ministerial, etc.).
De modo que independientemente de la promulgación de un Real Decreto, las cosas no son válidas porque sí. En una democracia Constitucional, como supuestamente es España, existen prioridades y salvaguardas que preservan los derechos fundamentales de los ciudadanos. En esos casos, los trámites pueden tardar un tiempo en determinar la legalidad o no del asunto, pero al final se sabrá si las medidas de presión del Gobierno tienen o no validez Constitucional. El Real Decreto de la discordia definitiva que ha motivado a los controladores aéreos a tomar una determinación contundente de insumisión civil dice:
Disposición adicional segunda. Actividad aeronáutica en el control del tránsito aéreo.
1. Los controladores al servicio de la entidad pública empresarial AENA, así como al servicio del resto de proveedores de servicio de tránsito aéreo, deberán ajustar su tiempo de actividad aeronáutica, descansos y turnos a lo establecido en el Real Decreto 1001/2010, de 5 de agosto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del citado Real Decreto 1001/2010, la actividad aeronáutica anual no excederá de 1.670 horas, sin perjuicio de la posibilidad de ser incrementada con horas extraordinarias hasta un máximo de 80 horas anuales. En el cómputo de este límite anual de actividad aeronáutica no se tendrán en cuenta otras actividades laborales de carácter no aeronáutico, tales como imaginarias y periodos de formación no computables como actividad aeronáutica, permisos sindicales, licencias y ausencias por incapacidad laboral. Estas actividades, al no afectar a los límites de seguridad aeronáutica, se tomarán en consideración exclusivamente a afectos laborales de conformidad con lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1001/2010.
O sea, que después de regular con una Ley la profesión de Controlador Aéreo este Gobierno ha decidido sacar un Real Decreto carente de validez legal a todas luces desde mi humilde posición de aturdido lector. No ha corregido la carencia de controladores ni la situación deudora de AENA ni la mala gestión que se viene postergando año tras año de un recurso público, sino que arremete contra los trabajadores eliminando sus Derechos Laborales porque… son unos privilegiados. ¡Perdone! ¡Qué me está contando! Un trabajador… pierde sus derechos porque tiene una situación mejor que la del resto ¿? Así que podemos establecer una secuencia lógica devastadora que nos conduce a la devaluación de los Derechos globales de los trabajadores. Unido a la Reforma laboral que causó la reciente Huelga General es un suma y sigue de políticas antisociales…
Y ahora viene eso del Estado de Alarma. Como el Gobierno sabe que no tiene base para actuar contra la insumisión civil que ellos mismos han desencadenado en los controladores, en vez de corregirla progresivamente, declara el Estado de Alarma y amenaza con la cárcel y el sometimiento a la autoridad militar al personal civil. Cosa que no queda nada clara en el propio texto del Estado de Alarma que indica que no supone privación de los derechos fundamentales:
…el estado de alarma se declara en todo o parte del territorio nacional por el Gobierno mediante Decreto acordado en Consejo de Ministros, de oficio o a petición del Presidente de la Comunidad Autónoma afectada, cuando acontezcan catástrofes, calamidades o desgracias públicas tales como terremotos, inundaciones, incendios o accidentes de gran magnitud, crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves, situaciones de desabastecimiento y paralización de los servicios esenciales para la comunidad que determine alguno de los resultados anteriores, como consecuencia de huelgas o conflictos colectivos. El Decreto gubernamental debe determinar el ámbito territorial, los efectos y la duración del estado de alarma, que no podrá exceder de quince días, salvo autorización del Congreso de los Diputados y debe comunicarse a esta Cámara, junto con los Decretos que se dicten durante su vigencia […] El estado de alarma no supone, en principio, efecto alguno sobre la vigencia de los derechos fundamentales, puesto que su declaración implica sólo una puesta de todas las autoridades civiles de la Administración Pública del territorio afectado, incluidos los cuerpos policiales, bajo las órdenes directas de la autoridad competente, concepto éste referido al Gobierno o, por delegación de éste, al Presidente de una Comunidad Autónoma cuando la declaración afecte exclusivamente a todo o parte de su territorio.
Creo que el Gobierno actual ha desencadenado el problema, primero con la no resolución del problema de fondo y después con la publicación del último Real Decreto, y que los controladores han caido en su trampa. Desquiciados y llevados al límite han actuado en falso mordiendo el anzuelo tal y como esperaba la cúpula política. El populismo y descontento general ampara las actuaciones del Estado sin importar su base legal y se establece un Estado de Alarma para acabar con ese colectivo de forma similar a la Ley de Lynch de las películas del Oeste Americano. Resulta triste pensar que nuestra propia Constitución y las leyes fundamentales se encuentran tan desprotegidas…
Para encontrar información y poder ver más allá de la cortina de humo lanzada en los medios de comunicación y el populismo general que asevera convencido que cualquiera en mejores condiciones que ellos merece todos los males del mundo, os recomiendo leer algunas fuentes de información en Internet con detenimiento para ver más allá de lo que nos quieren mostrar y decidir libremente vuestra opinión:
- http://controladoresareosyotrashierbas.blogspot.com/
- http://www.controladoresaereos.org/
- http://sinergiasincontrol.blogspot.com/2010/12/controladores-luces-y-sombras.html
Y acabamos recordando un bonito monólogo de buenafuente:
- Buenafuente y Cesar Cabo (minuto 9): http://www.youtube.com/watch?v=y6hvo3A1wiQ
- Buenafuente y Cesar Cabo II: http://www.youtube.com/watch?v=ClHof3kz7vI
He encontrado una crónica interesante con la foto de una nómina que resulta más que interesante:
http://windowstips.wordpress.com/2010/12/07/trabajal
http://windowstips.files.wordpress.com/2010/12/foto.png